Con el objetivo de mitigar el riesgo de contagios de Covid-19 y, luego de que la Secretaría
de Salud del Gobierno Federal informó que actualmente San Luis Potosí se encuentra en
semáforo rojo de alerta máxima, la Oficial Mayor, Ada Amelia Andrade Contreras dio a
conocer que a partir de este 20 de julio de 2020, se reactivarán los criterios establecidos
durante la Jornada de Sana Distancia y se emitió el Acuerdo por el que se establecen las
Medidas de Prevención en la Administración Pública del Poder Ejecutivo del Estado.
Andrade Contreras detalló que a partir de esta fecha se suspenden las actividades
presenciales en las dependencias y entidades que integran la Administración Pública del
Estado, hasta que, por recomendación de las autoridades sanitarias se emita un nuevo
Acuerdo que levante esta medida.
Oficinas Recaudadoras de la Secretaría de Finanzas; Dirección del Registro Civil; Instituto
Registral y Catastral; Coordinación General de la Defensoría Pública, Social y de Oficio;
Tribunal Estatal y Junta Local de Conciliación y Arbitraje, continuarán desarrollando sus
actividades con el personal mínimo indispensable y bajo los horarios de atención a la
ciudadanía que hayan sido previamente establecidos por cada una de estas instituciones,
además de implementar los planes de trabajo y medidas sanitarias pertinentes.
La Oficial Mayor, explicó que las y los titulares de las dependencias y entidades públicas o
las autoridades competentes en la institución de que se trate serán responsables de
implementar sus respectivos planes de trabajo que garanticen la continuidad de
operaciones para el cumplimiento de sus funciones y servicios esenciales, dando prioridad
a los servicios en línea.
Asimismo, se acatarán las medidas de higiene y prevención determinadas por las
autoridades sanitarias competentes para la mitigación y control de riesgos ante el Covid-
19, al igual que los acuerdos y recomendaciones emitidas por el Comité de Seguridad e
Higiene para verificar que las entidades y dependencias de la administración pública
cuenten con las condiciones óptimas en la reanudación de actividades presenciales, como
en lo sucesivo, y así evitar la propagación del virus.
Los trabajadores que no se encuentren considerados en una situación especial de
vulnerabilidad y/o alto riesgo, cubrirán los planes que garantizarán la continuidad de
operaciones para el cumplimiento de las funciones esenciales, además de desempeñar
tareas cuya realización pueda practicarse a distancia.
No deberán considerarse para cubrir los planes que garanticen la continuidad de
operaciones referentes al cumplimiento de las funciones esenciales, los trabajadores que
se encuentren en una situación especial de vulnerabilidad y/o alto riesgo, como: personas
adultas mayores de 60 años; mujeres embarazadas, en estado de puerperio o en lactancia;
personas con diabetes, hipertensión, enfermedades cardiovasculares, enfermedades
pulmonares crónicas, cáncer, inmunosupresión (adquirida o provocada) o con insuficiencia
renal o hepática, y personas que no tengan posibilidad de dejar a sus hijos menores de
quince años al cuidado de otra persona.
En lo que respecta a las vacaciones, la Oficial Mayor, Ada Amelia Andrade, aclaró que los
periodos ya asignados por las dependencias y entidades deberán continuar vigentes, en
acatamiento al principio de irrenunciabilidad de las vacaciones previsto en la normativa
laboral. Asimismo, se suspenden temporalmente y hasta nuevo aviso de la autoridad
sanitaria, los eventos masivos, las reuniones y las congregaciones que se hayan tenido
previamente programadas.
En este contexto, indicó que quedan excluidas de la aplicación del presente Acuerdo, la
Secretaría de Salud y la Secretaría de Seguridad Pública, así como las instituciones y
autoridades que en función de sus atribuciones participen directa o indirectamente en la
seguridad de la ciudadanía, al igual que las instituciones o unidades administrativas que
presten servicios públicos de salud, protección civil, distribución de agua potable,
programas sociales para atender a la población más vulnerable, servicios esenciales y
demás actividades que por su naturaleza deban prestarse de manera presencial e
ininterrumpidamente.