El plazo establecido en la ley vence este 15 de marzo; las sanciones son severas para quienes no cumplan

La Comisión de Vigilancia hizo un llamado a los entes públicos obligados, a que presenten su Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2021 ante la Oficialía de Partes del Congreso del Estado este 15 de marzo, que a su vez turnará los expedientes a la Auditoría Superior del Estado (ASE), instancia responsable de llevar a cabo el proceso de auditorías.

Informó que una vez concluido el plazo legal, se abre un periodo de tres días hábiles para que sean remitidas a la Comisión de Vigilancia y luego el mismo plazo para enviarlas a la ASE, que a más tardar el 31 de octubre deberá entregar al Poder Legislativo los informes de las cuentas públicas.

Tal como lo establece la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de San Luis Potosí, este 15 de Marzo vence el plazo para que los entes obligados entreguen en tiempo y forma la cuenta pública; por esta ocasión, corresponderá a las administraciones públicas salientes y entrantes.

Por ley, deben entregar sus cuentas públicas los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), siete organismos constitucionales autónomos, 58 ayuntamientos, 22 organismos operadores de agua potable, 22 sistemas municipales DIF y tres organismos municipales descentralizados.

Las Cuentas Públicas serán presentadas en el plazo previsto en el artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, y, conforme a lo que establece el artículo 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Deberán presentarse en original y copia certificada, así como en correspondiente respaldo digital. El respaldo digital deberá presentarse en formato legible y deberá contener las firmas de validación de las autoridades encargadas de presentar la cuenta pública. El documento original deberá ser remitido a la Auditoría Superior del Estado, así como el respaldo digital, en tanto que la copia certificada quedará en posesión del Congreso del Estado.

En caso de que algún ente auditable no presentara su cuenta pública en los plazos establecidos, se hará acreedor a lo establecido en el artículo 323 fracción VIII del Código Penal del Estado de San Luis Potosí.

El artículo 53 de la Constitución Política del Estado señala que “la Cuenta Pública del Poder Ejecutivo del Estado deberá presentarse en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince del mes de marzo del año siguiente al que corresponda su ejercicio. Las cuentas públicas de los poderes, Legislativo, y Judicial; de los organismos constitucionales autónomos, así como de los municipios, se entregarán en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince de marzo del año siguiente al de su ejercicio, previo conocimiento, en el caso de los municipios de sus cabildos; del Poder Legislativo de la Diputación Permanente; en el caso del Poder Judicial del Supremo Tribunal de Justicia del Estado sesionando en Pleno; y, en general, de los órganos de gobierno, o de quien haga las funciones de éstos; en todos los casos, con independencia de que sean o no aprobadas”.

“Lo mismo aplicará para el caso de las cuentas públicas de los organismos municipales descentralizados y demás entes auditables, previo conocimiento de sus juntas de gobierno o juntas directivas, con independencia de que sean aprobadas o no, deberán ser presentadas en forma anual al Congreso del Estado y, en sus recesos, a la Diputación Permanente, a más tardar el día quince de marzo del año siguiente al de su ejercicio”.

La Comisión de Vigilancia seguirá de cerca todo el proceso desde la entrega de las Cuentas Públicas, su revisión para determinar si cumplen los requisitos de ley y la apertura de los procesos de auditoría por parte de la Auditoría Superior del Estado. Los ciudadanos deben tener la seguridad de que se llevará a cabo un proceso de fiscalización a fondo y con total apego a la ley.

Pin It on Pinterest