EL CONGRESO DEL ESTADO APROBÓ REFORMAS A LA LEY DE LA PERSONA JOVEN PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS DE SAN LUIS POTOSÍ: DIP. ARANZAZU PUENTE BUSTINDUI
Febrero 02, 2024
Se garantiza el uso de un lenguaje incluyente no discriminatorio en razón de género en la integración de la Junta Directiva del Instituto Potosino de la Juventud
El Congreso del Estado aprobó modificaciones al artículo 70, en sus fracciones I, II, III, y IV; de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.
La propuesta fue presentada por la Diputada Aranzazu Puente Bustindui quien dijo que, resulta evidente la necesidad de actualizar la Ley De la Persona Joven Para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, con el fin de dar certeza y evitar lagunas jurídicas.
“La presente Ley tiene por objeto proteger el bien jurídico al libre y el sano desarrollo de la personalidad de las y los jóvenes en la entidad, así como establecer el marco normativo e institucional para el reconocimiento, ejercicio, goce y cumplimiento de los derechos de las personas jóvenes en el estado”.
Puente Bustindui dijo que el uso de un lenguaje incluyente en la conformación e integración de los presupuestos normativos son una premisa fundamental para reducir las brechas de desigualdad que existen en una sociedad con una cultura sexista muy arraigada en el trato ordinario y convencional entre hombres y mujeres, donde las expresiones y alusiones al hombre como un ser superior a la mujer son una costumbre difícil de desterrar a pesar de las acciones afirmativas a favor de la mujer.
Finalmente comentó que, es pertinente y oportuno que en el artículo 70 de la Ley de la Persona Joven para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, que establece la forma de integrarse de la Junta Directiva del Instituto Potosino de la Juventud, se incorpore el uso de un lenguaje incluyente no discriminatorio en razón de género, que fomente y empoderé al género femenino, para que mediante estas acciones se logre la igualdad de trato entre hombres y mujeres.