Ante la entrada del color amarillo del semáforo epidemiológico para la entidad potosina, a partir del 20 de septiembre y hasta el sábado 25 de septiembre, fecha en que concluye la presente administración estatal, continuarán en funcionamiento sólo las actividades gubernamentales de carácter esencial y servicio en ventanilla, además de que el personal catalogado como de riesgo deberá permanecer en casa realizando trabajo a distancia, informó el Oficial Mayor, Miguel Ángel Carbajal Martínez.
El funcionario dijo que las y los titulares serán responsables de establecer las actividades que se considerarán como esenciales para el cumplimiento de sus funciones y servicios, para lo que se deberá de distribuir al personal de su adscripción y procurar que en ningún momento se presente en las instalaciones de manera simultánea más del 70 por ciento de la plantilla laboral de la dependencia para evitar aglomeraciones, además de la aplicación estricta de los protocolos y a la protección a la población vulnerable.
Corresponderá a las nuevas autoridades de gobierno, la facultad de fijar las medidas que estimen convenientes sobre este tema y con efectos a partir del día 26 de septiembre del año en curso en que inicia su gestión.
Asimismo, se distribuirá al personal en su adscripción en días y horarios escalonados respetando en todo momento los derechos laborales del personal a su cargo. En cuanto a la plantilla que no se encuentre considerado en una situación especial de salud descontrolada, cubrirá los planes que garantizarán la continuidad de operaciones para el cumplimiento de las funciones esenciales, además de desempeñar tareas cuya realización pueda realizarse a distancia.
Quedan exentos de presentarse físicamente a desarrollar actividades en la Administración Pública Estatal, pero obligados a realizar trabajo a distancia, las y los trabajadores que por criterio médico se encuentran vulnerables, y deberán presentar en el área administrativa de cada institución de su adscripción, la constancia actualizada de su médico tratante del Instituto Mexicano del Seguro Social o institución pública autorizada, en caso de médicos particulares o que cuenten con servicio médico particular, la constancia la validará la Dirección del Servicio Médico de Oficialía Mayor.
Asimismo, quedan excluidas de la aplicación de la presente circular la Secretaría de Salud, la Secretaría de Seguridad Pública, la Fiscalía General del Estado así como las instituciones y autoridades que en función de sus atribuciones participen directa o indirectamente en la seguridad de la ciudadanía al igual que las dependencias que presten servicios públicos
como salud, protección civil, agua potable, programas sociales para atender a la población vulnerable, actividades recaudatorias y tributarias y servicios esenciales.