Objetivo inhibir la comisión del delito de maltrato animal para ello se incrementan las sanciones privativas de la libertad, así como las pecuniarias, para quienes cometan dichos actos
Con el objetivo de inhibir la comisión del delito de maltrato animal, se aprobó en Sesión Ordinaria por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma el artículo 317 en sus fracciones, I a IV del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, para que se incrementen las sanciones privativas de la libertad, así como las pecuniarias, para quienes cometan dichos actos.
Con esta reforma, se establece que cuando el maltrato implique lesiones mínimas, que no produzca un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de cinco a doce meses de prisión, y sanción pecuniaria de treinta a ciento treinta días del valor de la unidad de medida de actualización vigente; e inhabilitación hasta por un año para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.
En el caso de que el maltrato implique lesiones que produzcan un menoscabo físico permanente, se impondrá pena de doce a veinticuatro meses de prisión, y sanción pecuniaria de doscientos a cuatrocientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por dos años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales.
Cuando el maltrato produzca la muerte, se impondrá pena de veinticuatro meses a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de trescientos a seiscientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por tres años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de los animales.
Finalmente, cuando el maltrato consista en actos sádicos o zoofílicos, o de exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física, se impondrá pena de tres a cinco años de prisión, y sanción pecuniaria de cuatrocientos a seiscientos cincuenta días del valor de la unidad de medida y actualización vigente; e inhabilitación hasta por cinco años para el ejercicio de la profesión, oficio o comercio, cuando quien lo cometió se dedique al cuidado de animales
En la exposición de motivos, se indica que según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), México ocupa el tercer lugar en crueldad hacia los animales, siendo la especie canina la que padece con mayor frecuencia la violencia, desafortunadamente 7 de cada 10 perros sufren maltrato.
Por desagracia, nuestra entidad no se encuentra exenta de esa problemática, ya que día con día es evidente ver en nuestras calles, perros en completo estado de abandono, lo que conlleva un peligro inminente a la salud de esos seres vivos que se traduce en un riesgo para la propia sociedad, pues se enfrentan además a otros peligros como el maltrato, agresiones, e incluso la muerte.
Otros dictámenes
Se aprobó por mayoría de 23 votos a favor, la reforma el artículo 29 en su párrafo primero de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para armonizar la norma en lo relacionado a la presentación de los proyectos de presupuestos por parte de los poderes, Legislativo; y Judicial, y los entes autónomos, a la Secretaría de Finanzas a más tardar el quince de octubre del año que se trate, para evitar confusiones en la citada norma.
Fue aprobada por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma el artículo 73 en su párrafo segundo de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer el plazo de prescripción de las faltas de particulares, de siete años al igual que las faltas graves, con lo cual se brinda certidumbre jurídica para evitar el riesgo de interpretaciones arbitrarias, lo anterior en observancia a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Fue aprobada por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma el artículo 33 en sus fracciones, V, y XVI de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable, y la Competitividad, del Estado de San Luis Potosí, para establecer que podrán obtener incentivos, quienes dentro de las actividades que realicen las personas físicas o morales establecidas o por establecerse en la Entidad, el sustituir importaciones mediante la adquisición y la fabricación de insumos, componentes, servicios o productos de origen nacional y local; y ser micro, pequeñas o medianas empresas a las necesidades de demanda del mercado local.
Se aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma los artículos, 13 en su fracción VII, 64 en su fracción XVII, y 70 en sus fracciones, IV, y V; y adiciona a los artículos, 13 una fracción, ésta como VIII, por lo que actual VIII pasa a ser fracción IX, 64 una fracción, ésta como XVIII, por lo que actual XVIII pasa a ser fracción XIX, y 70 la fracción VI de la Ley para el Desarrollo Económico Sustentable, y la Competitividad, del Estado de San Luis Potosí, para que dentro de las acciones para impulsar el desarrollo tecnológico y la innovación en las empresas, se fomente el apoyo económico para el emprendimiento e impulso de negocios para las mujeres; se impulsen acciones necesarias para el desarrollo de MIPyMES para mujeres, a través de programas productivos con perspectiva de género; y se promuevan incubadoras de empresas y formación para las mujeres emprendedoras.
Se aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, la reforma el artículo 11 en sus incisos d), y e); adiciona al mismo artículo 11 el inciso f) de la Ley de Asociaciones Público Privadas en Proyectos para la Prestación de Servicios del Estado y Municipios de San Luis Potosí, para incorporar los objetivos de Desarrollo Sostenible como parte de los compromisos que se deben de cumplir por parte del Estado mexicano, siendo de vital importancia establecerlos en la presente Ley, pues la misma tiene como objetivo el regular la planeación, programación, presupuestación, autorización, adjudicación, contratación, ejecución y control de los proyectos para la prestación de servicios que competen a las dependencias y entidades de la administración pública estatal y municipal, pero con la participación del sector privado, de tal suerte que atender en este ordenamiento los preceptos de dichos objetivos incentiva de una forma aún más amplia el alcance de la Agenda 2030.
Puntos de Acuerdo.
Fue aprobado por unanimidad de 24 votos a favor, el Punto de Acuerdo por el que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado, exhorta al titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado, supervisar y atender necesidades de material horas de limpieza y salud en centros educativos para evitar que padres de familia sean quienes subsanen esta necesidad.
Se indica que las nuevas condiciones nos obligan a reorganizar la operación en la escuela, con diversas medidas para mantener la sana distancia, fomentar las prácticas de higiene y limpieza, así como la promoción de la salud y la prevención de enfermedades dentro de la comunidad escolar.
También por unanimidad de 24 votos a favor, se aprobó que la LXIII Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí exhorta a los 58 ayuntamientos de la Entidad para que, en el ámbito de sus competencias, establezcan medidas preventivas que garanticen la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-COV2 (COVID-19) y su nuevas variantes Delta y Omicron.
Además, con base en las recomendaciones publicadas el 24, 27, 30 y 31 de marzo del 2020, en el Diario Oficial de la Federación; asimismo, para que:
a) Garanticen la continuidad de los servicios de agua potable de manera ininterrumpida; la recolección de basura la salud de las y los trabajadores, que participen en la prestación del servicio.
b) Hacer del conocimiento a la población las medidas sanitarias por medio de perifoneo y redes sociales e invitar a respetarlas.
c) Desarrollen estrategias con el fin de fortalecer las medidas básicas de higiene consistentes en el uso de cubrebocas, lavado frecuente de manos, estornudar o toser cubriendo boca y nariz con un pañuelo desechable o con el antebrazo; aplicar las recomendaciones de sana distancia (evitar saludar de mano, de beso o abrazo), y evitar contacto con otras personas, disminuir desplazamientos en espacios públicos y mantener la sana distancia de un metro y medio entre una persona y otra, así como conminar a la población de la urgencia de respetar el semáforo epidemiológico.
d) Mantener una estrecha coordinación con las autoridades de salud y seguridad pública del Gobierno del Estado y Federales, informando y actualizando entre la población, las indicaciones para contener la pandemia de COVID 19 y su nueva variante Omicron.
e) Estar en constante comunicación con las autoridades y representantes de ejidos, comunidades, representantes de colonias, fraccionamientos y centros de población, a efecto de orientarlos con la información que se tenga, en todo lo relacionado al COVID 19 y su nueva variante Omicron, a fin de evitar desinformación o distorsión de la que existe, así como brindarles el apoyo que requieran y que esté al alcance del municipio de que se trate.
También, se aprobó por unanimidad de 24 votos a favor, el Acuerdo de la Junta de Coordinación Política por el que el Poder Legislativo del Estado inicia las fases de la consulta indígena.
Las y los integrantes de Grupos y Representaciones Parlamentarias de la LXIII Legislatura presentaron mensajes alusivos al “Día de la Bandera” el 24 febrero; de la Comisión de Salud y Asistencia Social alusivo a la “Fundación de la Cruz Roja Mexicana” el 21 febrero; y de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología alusivo al nacimiento de José Vasconcelos Calderón, fundador de la Secretaría de Educación Pública, el 27 febrero.
A las comisiones legislativas, se turnó la correspondencia enviada por el propio Poder Legislativo; ente autónomo; ayuntamientos y organismos paramunicipales; Poder Federal; Poderes de otras entidades del país y particulares; así como las iniciativas presentadas por las y los diputados integrantes de la LXIII Legislatura.
En Asuntos Generales, se presentaron posturas en contra del proyecto Monterrey VI, para evitar que el agua de los ríos de la zona huasteca de San Luis Potosí sea usada para abastecer a la población de Nuevo León y apoyar la postura del Gobierno del Estado en este sentido.
Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria, el próximo jueves 3 de marzo de 2022, a las 10:00 horas en el salón “Ponciano Arriaga Leija”, de Jardín Hidalgo 19.