EL OBJETIVO ES QUE LOS CENTROS DE ATENCIÓN PARA MUJERES TENGAN ADSCRITO UN JUZGADO DE LO FAMILIAR. DEBEN FACILITAR A LAS MUJERES EL ACCESO A LA JUSTICIA
SE APROBÓ REFORMA A LA LEY DE TRANSPORTE PÚBLICO DEL ESTADO PARA OBLIGAR A LOS CONCESIONARIOS Y PERMISIONARIOS A CUMPLIR CON LOS PROTOCOLOS DE SALUD A CAUSA DE BROTES EPIDÉMICOS
SE APROBÓ LA INSTALACIÓN DE CINCO COMISIONES JURISDICCIONALES
En Sesión Ordinaria, se aprobó por mayoría de 21 votos a favor y 3 votos en contra, la adición al Título Quinto el capítulo XVI “Poder Judicial del Estado”, y el artículo 79, de la Ley del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, con el propósito de que los centros de atención para mujeres tengan adscrito un juzgado de lo familiar, el cual será competente para expedir las órdenes de protección cautelares; conocer de procedimientos concernientes a los alimentos, guarda, custodia, divorcios, entre otros.
De esta manera, se indica en el ARTÍCULO 79. “El Poder Judicial del Estado integrará al Centro, cuando menos un Juzgado Familiar, el que además de las atribuciones que prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de San Luis Potosí, tendrá las siguientes:
I. Expedir las órdenes de protección cautelares a las que alude el artículo 41 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí;
Boletín Informativo
Sesión Ordinaria
Martes 29 de junio de 2021
II. Conocer y resolver respecto de los asuntos relativos a los alimentos; guarda y custodia; y en su caso, de conclusión, transmisión, pérdida, o suspensión de la patria potestad;
III. Conocer respecto de los asuntos relativos a divorcios, y disolución de concubinatos, y IV. Las demás que le otorga la ley.
Se indica que con ello, se busca que los centros de justicia para las mujeres ubicados en la entidad, cumplan íntegramente con el objeto para el que fueron creados, y se precisa que se conformen con servicios interinstitucionales y especializados que faciliten a las mujeres el acceso a la justicia, y les brinden la atención integral, a ellas, sus hijas e hijos.
Se establece que por requerirse un presupuesto considerable, se creará, por el número de expedientes que conoce, primero el del municipio de San Luis Potosí; posteriormente anualmente, con el presupuesto requerido, los ubicados en los municipios de, Rioverde; Matehuala; y Matlapa, respectivamente.