DIP. MARITE HERNÁNDEZ CORREA IMPULSA UN PUNTO DE ACUERDO PARA EXHORTAR A LA EMPRESA

La diputada Marite Hernández Correa propuso un Punto de Acuerdo para exhortar a los titulares Ejecutivo, Federal; y Estatal, a través de quien corresponda, obligar a empresa New Gold-Minera San Xavier, S.A. de C.V., a cumplir condicionantes impuestas en compromiso legalmente documentado y protocolizado, para operar su proyecto de explotación y beneficio de minerales con contenidos de oro y plata en cabecera municipal de Cerro de San Pedro.

Además, al Ejecutivo Federal, ordenar a Procuraduría Federal de Protección al Ambiente; y a Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el estricto cumplimiento de condicionantes aludidas.

Explica en su exposición de motivos, que ante la imposibilidad de operar dentro de la legalidad, por la existencia del decreto de 24 de septiembre de 1993, y de los fallidos intentos por eliminarlo a partir de amparos, la empresa Minera San Xavier, las autoridades municipales de Cerro de San Pedro y las estatales, así como la Universidad Autónoma de San Luis Potosí llevaron a cabo reuniones en la Dirección de Economía del Gobierno del Estado para diseñar la forma de eliminar el multicitado decreto.

Fue así que instrumentaron en forma desesperada e incongruente el Plan de Desarrollo Urbano de Cerro de San Pedro S.L.P. (PDUCSP), el cual se publicó en el Periódico Oficial del Estado el 26 de marzo de 2011. El PDUCSP decreta que el 75% de la superficie del municipio de Cerro de San Pedro, sometida por decreto desde 1993 a una política de restauración de la vida silvestre, queda ahora destinada, en forma regresiva, para uso minero.

Inmediatamente de la publicación de PDUCSP, Minera San Xavier solicitó a SEMARNAT una autorización ambiental para su proyecto minero en

Cerro de San Pedro, argumentando que ya no existe el “Plan de Ordenación de San Luis Potosí y su Zona Conurbada” (POSLP).

Así, el 5 de agosto del 2011, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, DGIRA de la SEMARNAT emitió la autorización S.G.P.A./D.G.I.R.A /D.G/5968 para la operación del proyecto de MSX en Cerro de San Pedro, es decir, emitió el permiso de operación a una empresa extranjera que nunca había dejado de operar ilícitamente.

Cabe señalar que como forma de justificar la autorización ambiental, SEMARNAT condicionó a la empresa Minera San Xavier al cumplimiento de una serie de condicionantes, las cuales la empresa minera debería cumplir algunas en la etapa previa al inicio de los trabajos de explotación, otras en el período de explotación y otras en la etapa de remediación y abandono del sitio, que es la etapa en la que se encuentra.

Señala que “el proyecto de Minera San Xavier se desarrolló de forma ilegal y arbitraria, este es un hecho irreversible, así como muchos de sus impactos; sin embargo, si se logra el cumplimiento de las condicionantes que dicha empresa se comprometió llevar a cabo, como son la remediación del sitio, de seguro los impactos ambientales que se ciernen sobre el Valle de San Luis pueden ser mitigados en buena medida”.

Indica que no se conoce hasta la fecha, actividad industrial más agresiva, social, cultural y ambientalmente, como la minería de tajo a cielo abierto, cuyo uso de químicos como el cianuro de sodio, resulta altamente contaminante y su manejo es en extremo peligroso.

El Punto de Acuerdo se turnó a las comisiones de Desarrollo Económico y Social; y Ecología y Medio Ambiente para su análisis.

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