CON LA REFORMA LA LEY DE LA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS SE BUSCA CUMPLIR CON LO DISPUESTO EN LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Con el objetivo de difundir, promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Congreso del Estado aprobó la reforma al artículo 75 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí.

Con la presente modificación, se establece como responsabilidad de la Dirección de Equidad y No Discriminación, de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, la implementación del Mecanismo Independiente de Monitoreo Estatal de la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad, cuyo objeto será difundir, promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 33 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que señala que los Estados Partes, de conformidad con su sistema organizativo, designarán uno o más organismos gubernamentales encargados de las cuestiones relativas a la aplicación de la Convención y considerarán detenidamente la posibilidad de establecer o designar un mecanismo de coordinación para facilitar la adopción de medidas al respecto en diferentes sectores y a diferentes niveles.

De igual manera y de conformidad con sus sistemas jurídicos y administrativos, mantendrán, reforzarán, designarán o establecerán, a nivel nacional, un marco, que constará de uno o varios mecanismos

Boletín Informativo.

Congreso del Estado

Viernes 10 de septiembre del 2021

independientes, para promover, proteger y supervisar la aplicación de la Convención.

Asimismo, cuando designen o establezcan esos mecanismos, los Estados Partes tendrán en cuenta los principios relativos a la condición jurídica y el funcionamiento de las instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos.

En este mismo tenor la sociedad civil, y en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, estarán integradas y participarán plenamente en todos los niveles del proceso de seguimiento.

Al respecto cabe señalar que en junio de 2016, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y los organismos públicos de derechos humanos de las 32 entidades federativas, signaron el Convenio General de Colaboración con el fin de crear e instrumentar el Mecanismo Independiente de Monitoreo Nacional de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

No obstante lo anterior se considera que un Mecanismo Independiente de Monitoreo de carácter Estatal, vendrá a constituirse en una herramienta valiosa que abonará en la observancia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el Estado de San Luis Potosí.

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